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Sí, buenos días. Este punto en concreto trata sobre la modificación de la redacción de la norma del Plan General de Ordenación Urbana relativa punto 1.33 del Plan General de Ordenación Urbana de Laredo, del Plan General de Ordenación Urbana de Laredo, pero de 1987, lo que significa que está aplicándose en Plan General de hace treinta y tantos años, lo que significa [corte en el audio] de las diferentes Corporaciones de revisar el Plan General, que es imprescindible revisarlo cada tiempo y que hizo su primer intento en el año 1999, ese intento ha sido baldío porque todo lo que han hecho lo han hecho mal, a tal extremo que el Tribunal Supremo ha declarado todo el trabajo que se presentó sobre la revisión del Plan General ilegal; consecuentemente, como declaró todo? esa propuesta de Plan General ilegal, ha entrado en vigor el Plan General de 1987, que no lo pierdan ustedes. Porque dice: 1987 está muy lejos, y la pregunta es: ¿pero acaso hace falta 20 años para revisar un Plan General', porque en 1987 la Corporación aquélla que yo presidía llevaba cuatro años en el Ayuntamiento, los Ayuntamientos nuevos se hicieron, en la democracia, se hicieron en 1983, en mayo o abril de 1983; al 87 se había puesto la Corporación de acuerdo, que era muy dispar, que yo estaba con minoría en el Gobierno con seis Concejales, era muy dispar y se puso de acuerdo toda la Corporación con diferentes Grupos, que éramos cinco o seis o siete, como ahora, para: primero. para revisar el Plan General; segundo, en las reuniones que tuvimos con el equipo redactor con relación a las propuestas; tercero, nos pusimos de acuerdo que era obligatorio que en 8 ó 10 años se revisara nuevamente ese Plan General porque ésa era, el Plan General del 83, era para dar alternativa a una visión urbanística que se tenía en España con Planes Generales que databan de 1964, donde los pormenores de las normas urbanísticas y las diferentes Leyes medioambientales y demás, y urbanísticas, que salían no habían sido recogidas ninguna en ningún Plan General. O sea, que ésa era la virtualidad de ese Plan General, pero sobre todo era la transitoriedad de ese Plan General, que se hizo con mucho esmero, con mucho cariño por parte de todo el mundo, los técnicos y los políticos, y que se hizo a sabiendas de que eso iba a ser sustituido con rapidez con un Plan General que respondiera a las necesidades actuales y futuras del pueblo de Laredo, desde el punto de vista urbanístico, empresarial, económico?, de todo, de todo lo que representa un Plan General. ¿Y qué nos encontramos hoy aquí, 27 de mayo de 2021?, que de esa fecha de 1983 al día de la fecha, yo no sé cuántos decenios han pasado, no sé ni contarlos, pero han pasado veintitantos años desde que [corte en el audio] ?aron la revisión de ese Plan General, veintitantos años y nos encontramos aquí discutiendo una modificación puntual relacionada con un punto del Plan General de 1987, no de [¿1965?], que tenía que estar en vigor, pero que no lo está por que ha sido anulado por ilegal; no, no, del 87. ¿Se dan ustedes cuenta la barbaridad que representa esto para un pueblo, el retraso en este campo, en el mundo del urbanismo, de la producción urbanística, etc., etc.?, estamos corrigiendo algo de un Plan General que no tenía más función que la transitoriedad de una forma muy, muy fácil, de tal manera que se estudiara con tranquilidad por quienes', a quienes correspondiera el forzar un?, o sea, el presentar un proyecto urbanístico adecuado y de futuro; pues no, ni de futuro ni de nada, en el dos mil', en 1999 empezaron a revisar el Plan General y nos encontramos hoy que no hay Plan General más allá del que La ley obliga, que es el que estaba en vigor en 1987. Claro que vamos a aprobar nosotros la modificación de este punto 1.33. A mí lo que me da vergüenza es que estemos resolviendo aquí un asunto de una modificación puntual sobre un punto concreto determinado, los edificios de fuera de ordenación, cuando en realidad teníamos que estar cabreados y luchando y trabajando por que se presentara el documento para realizar las labores administrativas del nuevo Plan General que debe aprobarse, porque parece ser que eso duerme "el sueño de los justos". Y que no se nos diga que ya está el Equipo de? trabajando, no sé qué, no sé cuántos, porque aquí no hacen reuniones de ninguna naturaleza, porque no hay visión de nada, porque aquí no ha habido visión de nada; y todos cuantos se han puesto a hablar de urbanismo, y cuantos han hecho propuestas y reflexiones y lucidez en cuanto a?, con ideas brillantes de futuro, todos han fracasado, ¿y por qué?, porque no hay Plan General hoy, en la actualidad, no es un documento habilitado, ni aprobado, ni legal para poder trabajar, salvo el que se aprobó en 1987. ¿Pero un pueblo puede funcionar así? ¿pero es que es posible que un pueblo pueda pretender desarrollarse, generar empleo, generar viviendas, viviendas de promoción pública, generar empresas, generar ilusión, si no tiene los esta?, o sea, los instrumentos suficientes, como es el documento del Plan General, y que han estado 20 años para hacer esto y no lo han conseguido? ¿y ésos van a intentar arreglarlo? ¿ésos van a intentar arreglarlo? ¿pero cómo lo van a intentar arreglar?, si por más que nos han prometido, incluido el proponente de la moción, incluido el proponente de la moción, por más que nos han prometido que iba?, que habían tenido reuniones con no sé quién, con no sé cuántos, que eso era brillante, que el asunto estaba saldado, que ya se aprobaba definitivamente, o sea, provisionalmente para que luego se aprobara definitivamente, que habían estado en la Diputación?, pero unos rollos'; entonces no explicaban nada de urbanismo y solamente lo mandaban ese mensaje para que nos ilusionáramos y, cuando llegara el momento, nos iban a hacer una fiesta de aplausos permanentes por la aprobación definitiva, y al día 27 de mayo de 2021 estamos sin Plan General y sin expectativas, y un pueblo no puede dejar de tener expectativas, un pueblo no puede dejar de tener ilusión. Y hay que dar solución a este problema por la forma que sea, que se cambie lo que haya que cambiar, el 1.33, el 2.25?, porque están cambiando aspectos de una norma de un Plan General del 87 que no debería existir, no debería, no tiene que existir, alguien tiene que pedir mea culpa aquí porque, si no, es que [¿?] se han conducido por este camino, por este desierto, al día de la fecha, sin que no haya prosperado una sola de las veces que presentaron en la Comisión Regional de Urbanismo, al igual que cuando lo han llevado a los Tribunales, la aprobación definitiva, o sea, provisional y definitiva el Tribunal lo ha declarado ilegal; que se decía ya, que se decía que había modificaciones sustanciales y que eso era imposible que fuera aprobado, por los Tribunales; es imposible porque no han hecho la tramitación adecuada y, por ello, hay modificaciones sustanciales y eso es ilegal. Se decía pero daba lo mismo, se reían; se reían pero ahora estamos aquí con una modificación puntual sobre un Plan del 87, pero si es que son 40 años prácticamente que estamos hablando y parece ser que aquí no ha pasado nada. Aquí no pasa nunca nada, pero eso ha costado 200 y pico millones de pesetas, el equipo redactor, que ha tirado?, un documento que hemos tenido que tirar a la basura porque no vale, está declarado ilegal; y a la vez ha significado veintitantos años de un pueblo sin ninguna actividad urbanística, aquí no se ha construido nada porque no había documento habilitado para poder hacerlo, lo más que se decía en el Ayuntamiento: "no os preocupéis, que esto va a retrasar un poco, pero luego es una expansión de cañonazo", ¿expansión de cañonazo?, y estamos al día de mayo del 27?, del 2021 y todavía ni cañonazo ni una cerilla encendida, aquí no hay nada, no hay nada. Entonces, si esto no se toma con?, aquí ahora se aprueba esto, ¿y qué? ¿y con eso qué resolvemos' ¿qué resolvemos', que hay edificios que quedan fuera de ordenación y que no deben quedar, vale, bien, pues ya está; pero es que es la aplicación de un proyecto urbanístico de 1987, que no tiene nada con la configuración actual, nada que ver, que está obsoleto, que eso ya no vale, que fue un proyecto urbanístico transitorio, que no es de aplicación; lo que pasa, que no queda más remedio según la Ley, porque es el único documento que existe, no han hecho otro, o sea, que esté en aplicación, es decir, con las aprobaciones consecuentes; porque no han sabido, y no lo han hecho porque no saben, no saben dirigir, no saben proyectar, no saben plasmar las ideas, entonces', porque, claro, quienes han elegido al equipo [corte en el audio], cuando vieron que ese equipo redactor no funcionaba porque lleva elegido veintitantos años, cuando vieron que no funcionaba, tenían que haber tomado las decisiones, que [¿?].